Plus Compensatorio de Formación en Hostelería

La formación continua en el sector de la hostelería no solo es un requisito, sino una inversión en competitividad y estabilidad laboral. Desde Cefora Business Consulting, te ayudamos a cumplir con las obligaciones formativas del Convenio Colectivo de Hostelería, Artículo 31 Plus Compensatorio de Formación en Hostelería, evitando sanciones y garantizando un equipo preparado para los desafíos del mercado actual.

¿Qué es el Artículo 31 Plus Compensatorio de Formación?

El Convenio Colectivo de Hostelería establece que, a partir del 1 de enero de 2024, todas las empresas del sector deben garantizar formación continua para sus empleados que hayan trabajado al menos 90 días al año. En caso de no cumplir con esta obligación, las empresas estarán obligadas a abonar un Plus Compensatorio de Formación de 20 euros mensuales por trabajador, equivalente a 240 euros anuales.

Esta medida busca fomentar la formación de calidad como eje clave para un sector más competitivo y profesionalizado.

¿Cómo Cumplir con la Normativa?

Las empresas pueden acreditar el cumplimiento de las obligaciones formativas del Artículo 31 Plus Compensatorio de Formación en Hostelería a través de:

  1. Planes de formación continua avalados por organizaciones empresariales firmantes del convenio.
  2. Programas impartidos por entidades formativas reconocidas.
  3. Planes agrupados organizados por sindicatos del convenio.

Condiciones Clave del Artículo 31

  • Tiempo efectivo de trabajo: Las horas dedicadas a la formación se consideran dentro de la jornada laboral.
  • Exclusiones: No se incluyen temáticas de cumplimiento obligatorio, como Prevención de Riesgos Laborales o Manipulación de Alimentos.
  • Plus Compensatorio no absorbible: Este no podrá ser compensado con otros pagos o beneficios.

Consecuencias de No Cumplir con la Formación

Si una empresa no acredita formación antes del 31 de diciembre de cada año, deberá abonar el Plus Compensatorio. Sin embargo, los trabajadores que rechacen la formación ofrecida sin causa justificada (como motivos de conciliación o incapacidad temporal) no tendrán derecho a este pago adicional.

Soluciones Formativas de Cefora Business Consulting

Desde Cefora Business Consulting, ofrecemos soluciones personalizadas para cumplir con la normativa y mejorar las competencias de tu equipo:

  • Planes de formación continua adaptados: Programas específicos para hostelería acreditados por entidades reconocidas.
  • Flexibilidad horaria: Cursos ajustados a las necesidades operativas de tu empresa.
  • Gestión integral: Desde la planificación hasta la acreditación final.

Beneficios de Cumplir con la Formación

  1. Evitar sanciones económicas.
  2. Mejorar la productividad y la competitividad.
  3. Garantizar un equipo formado y motivado.
  4. Contribuir al desarrollo profesional del sector.

Plazo Final: 31 de Diciembre de 2024

No dejes esta obligación para último momento. Cumplir con las normativas formativas no solo evita gastos innecesarios, sino que también posiciona a tu empresa como líder en calidad y profesionalidad.

Contacta con Cefora Business Consulting

¿Necesitas un plan de formación? Estamos aquí para ayudarte a cumplir con las normativas y fortalecer las competencias de tu equipo.

Contáctanos hoy mismo y asegura el futuro de tu empresa

Preguntas Frecuentes (FAQs)

Debe tratarse de formación continua específica para hostelería, excluyendo materias de cumplimiento obligatorio como prevención de riesgos laborales.

Si no acepta participar sin causa justificada, no tendrá derecho al Plus Compensatorio de Formación.

No, ya que se considera tiempo efectivo de trabajo.

Deberás abonar el Plus Compensatorio de 20 euros mensuales por trabajador.

Organizaciones empresariales, entidades formativas reconocidas, o sindicatos firmantes del convenio.

El plazo final para acreditar la formación es el 31 de diciembre.

Para más detalles sobre el Convenio Colectivo de Hostelería, visita el Ministerio de Trabajo.

Deja un comentario